Para el cumplimiento de sus funciones el Congreso de la Republica crea comisiones de trabajo.
Las comisiones de trabajo son órganos técnicos de estudio integradas por diputados electos y que representan a cada partido. Su función es hacer estudios sobre las iniciativas que se presentan al Pleno.
Después de hacer este estudio, elaboran una opinión o un dictamen respecto de las iniciativas que son conocidas por los diputados integrantes de cada comisión.
Para el cumplimiento de sus funciones, el Congreso de la República integrará comisiones ordinarias, extraordinarias y específcas.
Los diputados pueden integrar de 2 a 4 Comisiones Ordinarias y cada comisión pueden tener un mínimo de 7 miembros y un máximo de 21. Se sugiere que las comisiones se integren por miembros cuya experiencia, profesión, ofcio o interés puedan aportar a los asuntos que conocen.
Entre las comisiones de trabajo hay 3 que se mencionan de forma directa sus funciones en la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, siendo estas:
Las Comisiones de trabajo efectúan distintas funciones de las cuales podemos mencionar: